LEY DE PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
julio 24, 2009
Tras la Ley elaborada por Castilla y León que crea y regula una Red de Apoyo a la mujer embarazada (BOE enero 2009) se suma ahora una LEY DE PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD DE LA COMUNIDAD DE VALENCIA, (Ley 6/2009, de 30 de junio) que muestra cómo puede ser legislada en la práctica la ayuda a la mujer embarazada.
Extracto sobre la atención social a las mujeres gestantes:
→ Sección 1.ª: Del derecho a la información
Artículo 11. Derecho de información de las mujeres gestantes
Toda mujer gestante tiene derecho a ser informada de manera personalizada, suficiente y comprensible de todas las ayudas y apoyos, tanto jurídicos como económicos o de uno u otro orden, tanto de naturaleza pública como privada, que puede recibir para culminar la gestación, teniendo en cuenta sus características personales, socioeconómicas y culturales.
Artículo 12. Del acceso público a la información
Cualquier persona, independientemente de su sexo, edad o condición, podrá solicitar la información prevista en la presente ley. No obstante, respecto a las menores de 16 años no emancipadas, el ejercicio de este derecho se ejecutará de manera responsable bajo la orientación de sus padres, representantes legales o cuidadores.
→ Sección 2.ª De los Centros de Atención a la Maternidad
Artículo 13. Creación de los Centros de Atención a la Maternidad.