LEY DE PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

julio 24, 2009 


Tras la Ley elaborada por Castilla y León que crea y regula una Red de Apoyo a la mujer embarazada (BOE enero 2009)  se suma ahora una LEY DE PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD DE LA COMUNIDAD DE VALENCIA, (Ley 6/2009, de 30 de junio) que muestra cómo puede ser legislada en la práctica la ayuda a la mujer embarazada.

Extracto sobre  la atención social a las mujeres gestantes:

Sección 1.ª: Del derecho a la información

Artículo 11. Derecho de información de las mujeres gestantes

Toda mujer gestante tiene derecho a ser informada de manera personalizada, suficiente y comprensible de todas las ayudas y apoyos, tanto jurídicos como económicos o de uno u otro orden, tanto de naturaleza pública como privada, que puede recibir para culminar la gestación, teniendo en cuenta sus características personales, socioeconómicas y culturales.

Artículo 12. Del acceso público a la información

Cualquier persona, independientemente de su sexo, edad o condición, podrá solicitar la información prevista en la presente ley. No obstante, respecto a las menores de 16 años no emancipadas, el ejercicio de este derecho se ejecutará de manera responsable bajo la orientación de sus padres, representantes legales o cuidadores.

Sección 2.ª  De los Centros de Atención a la Maternidad

Artículo 13. Creación de los Centros de Atención a la Maternidad.

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